Según el D.S. 233‐2011‐EF emitido el 21/12/2011 el valor del a U.I.T. se incrementó en S/. 50.00 con relación al 2011, es decir que para este año el valor de la U.I.T. es de S/. 3.650.00.
Dicho incremento, hace pues que varíen varios aspectos, entre ellos lo relacionado en materia tributaria.
La Sunat ha informado que si trabaja de forma independiente y percibe un ingreso mensual menor a S/.2,661, o su equivalente anual de S/. 31,938.00, podrá solicitar la suspensión de retenciones o pagos a cuenta. Los trabajadores bajo este régimen (Cuarta Categoría) ya pueden iniciar el trámite ante dicha entidad para solicitar la suspensión de retenciones o pagos a cuenta.
Alcance: Esta exoneración no es de aplicación a aquellos que se encuentren contemplados en el inciso b). del artículo 33° de la Ley del Impuesto a la Renta.
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